Si eres un apasionado del motor y te interesan los coches clásicos, es fundamental que conozcas los cambios recientes en la normativa que regula estos vehículos en España.
Con la entrada en vigor del Real Decreto 892/2024, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha actualizado los requisitos, procedimientos y obligaciones para estos coches clásicos. En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el tema.
¿Qué se considera un vehículo histórico en España?
Un vehículo histórico es aquel que, por su antigüedad, interés técnico o valor cultural, ha sido catalogado como tal por una autoridad competente. Generalmente, debe cumplir los siguientes requisitos:
- Tener al menos 30 años desde su primera matriculación.
- Estar en su estado original o haber sido restaurado respetando sus características técnicas.
- No estar utilizado para uso cotidiano.
- Tener interés especial por su participación en eventos históricos o por su relevancia industrial o tecnológica.
La catalogación como coche histórico DGT permite acceder a ventajas como exenciones fiscales, seguros especiales y, en algunos casos, restricciones de circulación más flexibles en zonas de bajas emisiones. En cuanto a estas restricciones, dependen del núcleo urbano, por lo que lo más recomendable es consultar la normativa municipal correspondiente.
Vamos a entrar en las particularidades técnicas de la nueva normativa.
Normativa: Real Decreto 892/2024
El Real Decreto 892/2024, en vigor desde principios de año, establece un nuevo marco normativo más claro y simplificado para la catalogación de vehículos históricos. Esta nueva norma sustituye a la anterior regulación y propone dos vías de tramitación, diferenciadas por el tipo y uso del vehículo.
Grupo A: Procedimiento Abreviado
Este grupo está destinado a vehículos que:
- Tienen una documentación completa y coherente.
- Se encuentran en buen estado de conservación y sin modificaciones significativas.
- No presentan conflictos de propiedad ni alteraciones mecánicas.
Para estos casos, el procedimiento de catalogación es más ágil y con menos requisitos administrativos. Los propietarios solo necesitarán un informe técnico y una inspección favorable para obtener la clasificación. Para más información lo mejor es consultar directamente con la DGT.
Grupo B: Procedimiento Completo
Este grupo incluye vehículos que:
- Tienen documentación incompleta o con discrepancias.
- Han sido modificados o restaurados sin seguir criterios originales.
- Requieren estudios específicos de autenticidad o rareza.
El procedimiento aquí es más exhaustivo, incluye la intervención de laboratorios oficiales, informes históricos detallados y un control técnico más riguroso. Aunque más largo, permite dar de alta como histórico a vehículos de alto valor patrimonial o escasa documentación que merecen la pena ser considerados como tal.
Obligaciones y directrices para propietarios de vehículos históricos
Hemos hablado de los derechos, ahora vamos con los deberes. Una vez que un coche ha sido reconocido como histórico, el propietario debe cumplir con ciertas normas específicas:
- Revisiones periódicas ITV: Aunque tienen una frecuencia menor (cada 2, 4 o más años, según el caso), la inspección es obligatoria.
- Limitaciones de uso: En algunos casos, no pueden circular diariamente o en condiciones meteorológicas adversas.
- Conservación del vehículo: Debe mantenerse en condiciones lo más cercanas posibles a su estado original.
- Notificación de cambios: Toda modificación debe ser notificada para no perder la catalogación.
Además, muchas comunidades autónomas pueden establecer directrices adicionales sobre la circulación, exposición o participación en eventos.

Otros cambios clave introducidos por el Real Decreto 892/2024
Estos son algunos de los aspectos más relevantes que introduce la nueva normativa:
- Digitalización del proceso: Se facilita la tramitación a través de plataformas electrónicas.
- Reconocimiento de certificaciones extranjeras: Se agiliza la homologación de vehículos ya catalogados como históricos en otros países de la UE.
- Mayor claridad en los requisitos técnicos: Se define con más precisión qué modificaciones están permitidas y cuáles no.
- Incentivos a la conservación: Se promueve la restauración y mantenimiento mediante beneficios fiscales y administrativos.
Lo que más valoramos de la nueva normativa es que abre la puerta a “rescatar” vehículos antiguos con documentación incompleta, pero con un gran valor histórico o sentimental. Coches que merecen ser legalizados, conservados y compartidos con quienes disfrutamos del mundo del motor.